Sabía usted qué…
Cuando existe violencia intrafamiliar la conciliación extrajudicial deja de ser requisito de procedibilidad para poder acceder directamente al Juez de familiar con el fin de hacer exigible el derecho de alimentos.
Si se le presenta un inconveniente el cual le impide asistir a la audiencia de conciliación, esta se puede realizar mediante representante legal (abogado) debidamente facultado para conciliar.
Para la realización de la audiencia de conciliación extrajudicial en materia de accidentes de tránsito, es necesario la presencia de los propietarios de los vehículos y los conductores de los mismos, ya que el acuerdo debe estar consentido por todas las partes involucradas en el accidente.
La información manifestada por las partes en una audiencia de conciliación adquiere un carácter de confidencialidad y no puede ser utilizada o revelada por las partes, ni por el conciliador en otros escenarios.
Si no asiste a una audiencia de conciliación, puede justificar su inasistencia en los tres días siguientes para que esta se pueda reprogramar y evitar que en un eventual litigio no se configure un indicio grave en contra de la persona que no compareció.
Si no aporta pruebas en la conciliación extrajudicial y esta no finaliza en un acuerdo, la ley no permitía que se aportaran en el proceso, lo cual se modificó la Corte Constitucional declarando inexequible la sanción procesal por atentar contra los principios del debido proceso y de defensa.
Si se logra un acuerdo conciliatorio, el conciliador está obligado a entregar una copia autentica, la cual se considera como la primera copia y la única que presta merito ejecutivo, ya que en el caso de que se presente un incumplimiento de las obligaciones consignadas en el acta de conciliación pueda acudir a una instancia judicial y pedir que se realice el pago efectivo de la obligación.
Una conciliación pierda validez cuando se demuestra que existió algún vicio del consentimiento, como la fuerza, el dolo, el error o que el objeto es un ilícito, lo cual causa una vulneración de los derechos ciertos e indiscutibles o de los derechos irrenunciables.
Las manifestaciones expresadas en la audiencia de conciliación no constituyen un testimonio, ya que no se está haciendo una declaración bajo la gravedad de juramento, así las cosas, lo consignado en el acta de conciliación no se toma como testimonio en un eventual proceso.
El conciliador no tiene las mismas calidades de un Juez, es un tercero neutral, calificado y autorizado, el cual busca ayudar a las partes a resolver las controversias auto compositivamente generando un escenario de dialogo y en el cual se proponen de fórmulas de arreglo, donde las partes son las que solucionan su conflicto conforme a su voluntad.
Como soldado profesional, para solicitar el reajuste de la asignación mensual no es necesario agotar la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad, debido a que el salario es un derecho irrenunciable siendo un derecho cierto y adquirido.
La custodia, visitas y alimentos puede fijarse entre las partes, mediante acuerdo privado o por conciliación. Para una mayor seguridad jurídica y coherencia el ICBF considera que es mejor fijarlo por vía de conciliación extrajudicial con el fin de velar por los derechos del niño, niña o adolescente.
La conciliación procede cuando se presenta un incumplimiento contractual por parte de la aseguradora, los involucrados pueden acordar una indemnización equivalente a la cláusula penal, siempre y cuando se equipare el monto que la aseguradora asume como factor de riesgo, esto considero el Consejo de Estado como un resarcimiento razonable.